La Ley de Declaración Jurada de Patrimonio, condenada por ineficacia.

En agosto de este 2019 se cumplen cinco años de la promulgación de la Ley 311-14 sobre el Sistema Nacional Automatizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio que, entre otras cosas, procura promover la gestión ética de los funcionarios públicos, pero que se ha quedado corta en sus propósitos. Las constantes violaciones que sufre y la poca persecución a sus infractores, condenan la legislación a una ineficacia que solo podría superar con una modificación, según plantean algunos especialistas del área.
La Ley 311-14 establece la obligatoriedad de los funcionarios públicos a declarar su patrimonio y pone en la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) la responsabilidad de fiscalizar su cumplimiento y de informar a la Procuraduría General de la República para que lo investigue. Sin embargo, a la fecha no se conocen procesos de investigación abiertos contra funcionarios por no declarar a tiempo, pese a que las violaciones a la legislación son constantes desde que se aprobó el 8 de agosto de 2014.
La Cámara de Cuentas registra 3,820 funcionarios que no habían hecho su declaración al 15 de febrero pasado, fecha cuando la Oficina de Evaluación y Fiscalización realizó el último listado de omisos. Los que han declarado suman 7,485.
La no declaración a tiempo constituye un delito que la Ley 311-14 tipifica como faltas graves o de tercer grado. Dichas faltas recibirán las sanciones previstas en la Ley 41-08, sobre Función Pública, que entre otras, establece la destitución del funcionario.
Historial de violaciones
A dos años de la promulgación de la Ley 311-14, el Laboratorio Padre José Antonio Esquivel, del Programa de Estudios del Desarrollo Dominicano (PED) de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), alertaba que apenas el 37 % de unos 6,216 funcionarios que debían hacer declaración jurada de patrimonio, había cumplido esa disposición.
El dato estaba contenido en el primero de seis boletines que desde julio de 2016 ha realizado el laboratorio a modo de seguimiento de la legislación.
El segundo boletín cubrió el periodo noviembre 2016-enero 2017. El documento citó datos de la Cámara de Cuentas que indicaba que el 91 % de unos 5,183 funcionarios designados, electos, reelectos o cesantes que debían haber sometido su declaración, no lo había hecho y que el 4 % lo presentó fuera de tiempo.
Plazo
Tras su designación o elección, los funcionarios tienen un plazo de 30 días para presentar su declaración jurada a la Cámara de Cuentas.
Los investigadores no encontraron caso alguno de funcionario electo sancionado por no cumplir con la legislación antes o después del 17 de agosto de 2016, cuando se hizo el último traspaso de mando en los tres niveles de elección (presidencial, municipal y congresual). Tampoco había investigación alguna de los funcionarios salientes omisos por presunción de enriquecimiento ilícito, como manda el artículo 19 de la referida legislación.
El porcentaje de omisos se mantuvo casi igual para el siguiente boletín, que cubrió de febrero-abril de 2017. En este documento los investigadores destacan la no evidencia “que permita afirmar o negar que la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos, como organismo especializado de la CCRD, cumple o al menos está en condiciones de cumplir con una de sus obligaciones más relevantes; a saber, comprobar la veracidad de la información contenida en cada DJP (declaración jurada de patrimonio)”.
Ante preguntas de Diario Libre sobre el resultado de las evaluaciones que realizan, la CC explicó que fue apenas a mediados de 2017 cuando formaron parcialmente la Oficina de Evaluación y Fiscalización, y que la revisión a las declaraciones juradas se hace desde enero de 2018.
Desde entonces cuentan con “un aproximado de 280 funcionarios verificados, con más de 300 declaraciones observadas”.
Fuente: Diario Libre