Política

Tribunal Constitucional elimina el voto de “arrastre”.

El Tribunal Constitucional (TC) acogió un recurso depositado contra el voto de “arrastre” contemplado en la Ley 157-13 sobre el voto preferencial que establece el arrastre de diputados a senadores.

Los magistrados de la alta corte eliminaron un párrafo del artículo 2 de la referida ley, el cual establece que “cuando el electoral decide marcar la fotografía del candidato o candidata a diputado (a) de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de éste (a) y por ende al candidato (a) a senador de dicho partido”

El recurso fue incoado por el abogado Ángel Lockward y el partido Fuerza Nacional Progresista (FNP).

Hace meses, el Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró “incompetente” de conocer un recurso depositado contra la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que eliminó el arrastre en 26 provincias y lo dejó en otras seis demarcaciones. La JCE decidió que el Distrito Nacional, La Vega, Puerto Plata, San Cristóbal, Santiago y Santo Domingo mantendrán el sistema de arrastre y las demás demarcaciones del país no.
El recurso fue depositado hace años
De manera separada, Vinicio Castillo Seman, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), y el abogado Ángel Lockward depositaron un recurso contra la ley hace varios años y no contra la resolución de la Junta Central Electoral, pero si es vinculante a la misma.

“Si había una instancia mía personal, y de la Fuerza Nacional Progresista en estado de fallo desde hace casi tres años contra la ley que estableció el arrastre”, dijo Castillo Seman al ser contactado por la vía telefónica y explicó que si el recurso fue acogido, obviamente es “vinculante a todos los poderes del Estado y la Junta tendría que aplicar cualquier decisión que se haya tomado en ese sentido”.

Fuente: Diario Libre

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba